SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 001/00
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 001/00

Fecha: 05-Ene-2000

5.

5.      La H. Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz,, ha dictado las Resoluciones Municipales N° 0125 de 13 de abril de 1992, referente a la inscripción en Derechos Reales de una superficie de 3.130 mts2, denominada área de equipamiento “9” y, 0119 de 13 de abril de 1992, que dispone también la inscripción en Derechos Reales de la extensión de 3.157,50 mts2, denominada área de equipamiento “3”, esta última que es motivo del Recurso que se analiza. Resoluciones Municipales  que de ninguna manera determinan la ubicación correcta de las mismas y menos aún el antecedente del derecho propietario, que deberían tener en base a un título de dominio u otro similar previsto por el art. 111 del Código Civil, ya que si bien el inmueble objeto de este Recurso,  se halla comprendido dentro de las previsiones del numeral 2do del art. 61 de la abrogada Ley Orgánica de Municipalidades de 10 de enero de 1985; empero, ese derecho propietario no se constituye ope legis, sino por medio de un acto jurídico bilateral, donde el propietario de un inmueble que fue dotado por el Supremo Gobierno, primero en aplicación a la Ley de Reforma Agraria y segundo, ya en aplicación de la Ley de Reforma Urbana, hubiera cedido gratuitamente o se le hubiera expropiado por necesidad y utilidad pública, aspecto que en el caso presente no se ha acreditado por ningún medio por parte de la Municipalidad Paceña.