SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 001/00
Fecha: 05-Ene-2000
CONSIDERANDO
Que, el Dr. Rubén Darío Salcedo Villarreal, apoderado legal del gobierno municipal de La Paz -sin constar poder correspondiente-, respondiendo al Recurso Incidental de Inconstitucionalidad, señala que el mismo tiene como base la Resolución Municipal N° 0119 de 13 de abril de 1992, dictada con plena atribución por el Municipio, en observancia de lo establecido por los arts. 7 num. 1), 19 num. 3) y 39 num. 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades. Que si dicha Resolución atentó intereses privados, el afectado debió ocurrir ante el Concejo Municipal, sin embargo la recurrente no dio el curso correspondiente a su derecho, más aún si se considera que la Resolución Municipal recurrida N° 0119 de 13 de abril de 1992, ya causó estado por el tiempo que transcurrió, cambiando inclusive la realidad del sector que es objeto de la demanda, haciendo notar que dentro del proceso ordinario, nunca se litigió la Resolución Municipal N° 0119 de 13 de abril de 1992, siendo el fondo del proceso, otro.