Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1000/2000-R
Fecha: 27-Oct-2000
Fragmento 6
Dra. Elizabeth Iñiguez de Salinas Dr. Rolando Roca Aguilera MAGISTRADA MAGISTRADO SUPLENTE
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- improcedente
- al tratarse de un hecho infraganti (fs. 9 y 10) conforme se desprende la prueba cursante en obrados remitiéndola dentro de las 24 horas ante el Juez de Garantías Cautelares ha actuado dentro del marco legal previsto por el art. 10 de la Constitución Política del Estado, 19 de la Ley del Ministerio Público y 112, 114 y 115 del Código de Procedimiento Penal,
- PRESIDENTE a.i. MAGISTRADO
- Fragmento 6