SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1000/2000-R
Fecha: 27-Oct-2000
PRESIDENTE a.i. MAGISTRADO
Dr. Hugo de la Rocha Navarro Dr. Willman Durán Ribera PRESIDENTE a.i. MAGISTRADO
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- improcedente
- al tratarse de un hecho infraganti (fs. 9 y 10) conforme se desprende la prueba cursante en obrados remitiéndola dentro de las 24 horas ante el Juez de Garantías Cautelares ha actuado dentro del marco legal previsto por el art. 10 de la Constitución Política del Estado, 19 de la Ley del Ministerio Público y 112, 114 y 115 del Código de Procedimiento Penal,
- PRESIDENTE a.i. MAGISTRADO
- Fragmento 6