SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1003/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1003/00-R

Fecha: 30-Oct-2000

1.

1.   Que, el recurrido en su informe prestado en la audiencia del Recurso pide se declare improcedente el mismo al tenor del "...art. 196 inc. d)..." de la Ley del Tribunal Constitucional, por cuanto han cesado los efectos del acto reclamado, ya que el recurrente se encuentra ejerciendo las funciones de Gerente.

1.  Que, la demanda del Recurso fue interpuesta contra Edgar Ortíz Caso, Presidente del Consejo de Administración de COSAALT. Ltda, en virtud a que dicho Consejo fue el que instruyó la destitución del recurrente como Gerente General de COSAALT LTDA; sin embargo con dicha demanda el recurrido no fue citado personalmente ni por cédula, habiendo sido citado el Gerente General a.i. quien presentó informe por escrito e intervino en la audiencia pública del recurso, aduciendo tener la representación legal en base a un memorandum de designación otorgado por otro Gerente General a.i. de la Cooperativa.