Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 914/00-R
Fecha: 02-Oct-2000
improcedente
Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Recurso de acuerdo con la opinión Fiscal, declara improcedente el Hábeas Corpus, con el fundamento de que “... corresponde que la recurrente preste su declaración confesoria. Es así que revisando obrados los antecedentes del proceso, se evidencia que la recurrente es reticente, no se somete a la acción de la justicia, como es el de prestar su declaración confesoria, para que de esta manera se pueda regularizar el procedimiento conforme a las normas vigentes.”