Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 936/00-R
Fecha: 09-Oct-2000
3.
3. Que, radicado el proceso ante la Sala de Casación y única Instancia del Tribunal Supremo de Justicia Militar, ésta requiere porque el Auditor General de Guerra dictamine lo que fuere de Ley, autoridad que manifiesta su conformidad y pleno acuerdo con el Recurso de Revisión; en cuya virtud dicha Sala el 29 de agosto de 1995, dicta Sentencia de Revisión declarando procedente el Recurso de Revisión condenando al representado e imponiéndole una pena de seis meses de reclusión por ser autor de los delitos que se le incriminaron y una costa a favor del Estado; asimismo, declara la inocencia de los otros co-procesados.
- Partes:
- CONSIDERANDO:
- procedente
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- y ahora se ve amenazado de ser retirado de la institución militar, debido a que el Tribunal de Personal de Ejército en base a la Resolución dictada por el Tribunal Supremo de Justicia Militar ha instruido mediante Resolución Nº 070/2000 de 6 de junio de 2000, se aplique el art. 89 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas