Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 936/00-R
Fecha: 09-Oct-2000
procedente
Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Recurso en desacuerdo con el requerimiento Fiscal, declara procedente el Amparo Constitucional, con el fundamento de que “...la Sala de Casación y única instancia del Tribunal Supremo de Justicia Militar, infringió inequívocamente lo dispuesto en el art. 236 del Código de Procedimiento Militar, que limita específicamente los tres casos en los que procede la revisión de sentencia, situación que no se dio respecto al Tcnl. Verduguez Herbas, consumándose un error judicial con patente desconocimiento de los derechos y garantías constitucionales, con la nulidad consiguiente prescrita por el art. 31 de la C.P.E.”
- Partes:
- CONSIDERANDO:
- procedente
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- y ahora se ve amenazado de ser retirado de la institución militar, debido a que el Tribunal de Personal de Ejército en base a la Resolución dictada por el Tribunal Supremo de Justicia Militar ha instruido mediante Resolución Nº 070/2000 de 6 de junio de 2000, se aplique el art. 89 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas