Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1023/00-R
Fecha: 03-Nov-2000
declarare ejecutoriado el auto de vista sin que lo esté, ordenando se libre el mandamiento de condena contra la sentenciada, ha cometido actos ilegales que atentan contra el debido proceso que se constituye en causa de privación indebida de la libertad de la procesada.
Que el Juez recurrido, al no haber devuelto el expediente al superior en grado para que enmiende la notificación ilegalmente sentada y más bien declarare ejecutoriado el auto de vista sin que lo esté, ordenando se libre el mandamiento de condena contra la sentenciada, ha cometido actos ilegales que atentan contra el debido proceso que se constituye en causa de privación indebida de la libertad de la procesada.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- IMPROCEDENTE
- Fragmento 4
- juicio penal en rebeldía
- declarare ejecutoriado el auto de vista sin que lo esté, ordenando se libre el mandamiento de condena contra la sentenciada, ha cometido actos ilegales que atentan contra el debido proceso que se constituye en causa de privación indebida de la libertad de la procesada.
- POR TANTO