Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1023/00-R
Fecha: 03-Nov-2000
Fragmento 4
1.- Que dentro del proceso penal por giro de cheque en descubierto, seguido por Lidia Magdalena Ruiz Villagómez contra Rosa Chávez del Río, la sentencia dictada por el Juez recurrido fue apelada por la parte querellante, habiendo sido remitido el expediente ante el superior en grado, quien dictó el auto de vista de 28 de julio de 2000, confirmando en parte la sentencia apelada y modificando la pena privativa de libertad a tres años y tres meses (fs. 2).
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- IMPROCEDENTE
- Fragmento 4
- juicio penal en rebeldía
- declarare ejecutoriado el auto de vista sin que lo esté, ordenando se libre el mandamiento de condena contra la sentenciada, ha cometido actos ilegales que atentan contra el debido proceso que se constituye en causa de privación indebida de la libertad de la procesada.
- POR TANTO