Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1045/00 - R
Fecha: 09-Nov-2000
3)
3) Que en 4 de septiembre, pidiendo nulidad de obrados por no haber sido notificado legalmente, el Fiscal de Materia Félix Santiago Ugarte apela de la resolución dictada “por no haberse dado correcta aplicación al art. 233 del Código de Procedimiento Penal” (fs. 92), siendo concedida la alzada por Auto de la misma fecha (fs. 94).