Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1069/2000-R
Fecha: 16-Nov-2000
3. Que por decreto de 31 de agosto de 2000, a solicitud de la demandante, la autoridad recurrida dispuso se libre mandamiento de apremio
4. Que por auto de 18 de octubre de 2000, la Jueza recurrida advertida de haber sido inducida a error por la representación del oficial de diligencias anula obrados hasta fojas diez y dispone se libre mandamiento de libertad contra “Wilfredo Saldias Valverde” (oficial de diligencias) el que fue librado el mismo día consignándose correctamente el nombre del obligado (fs. 23-24).
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- procedente
- por decreto de 9 de julio de 2000, conminó al obligado a cancelar la suma que arrojaba la liquidación dentro de tercero día de su legal notificación
- 3. Que por decreto de 31 de agosto de 2000, a solicitud de la demandante, la autoridad recurrida dispuso se libre mandamiento de apremio
- el mandamiento de apremio contra José Soria Díaz fue librado incumpliendo las formalidades y requisitos establecidos por la ley, al no haberse procedido antes de su libramiento, a la legal notificación del obligado con la liquidación y la conminatoria de pago,
- POR TANTO:
- PRESIDENTE a.i. MAGISTRADO