Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1076/00 - R
Fecha: 17-Nov-2000
2)
2) Que por memoriales de 1 y 13 de junio del año en curso, los recurrentes solicitaron al Juez ahora recurrido, la cesación de la detención preventiva, de acuerdo a los incisos 2) y 3) del art. 239 de la Ley N° 1970 (fs. 1 y 6), suspendiéndose en diversas oportunidades las audiencias al efecto, según se evidencia de la documental de fs. 2, 3, 4, 7 y 8 del expediente.