SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1082/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1082/00-R

Fecha: 20-Nov-2000

3)

3)  Que el sumariante dicta el Auto de 21 de julio (fs. 117), en el que dice:  “Vistos: El período concluido de notificación ... se abre el período de prueba por el lapso de 10 días”, siendo notificado el recurrente el mismo día (fs. 118); quien presentó la documental  de fs. 120-126, mediante memorial presentado el 28 de ese mes, aceptándose la indicada prueba  por decreto de esa fecha (fs.  127 vta.).