Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1153/00-R
Fecha: 08-Dic-2000
6)
6) Que Sonia Camacho Balderrama acudió a la vía conciliatoria en la Corte Superior del Distrito de Cochabamba, habiéndose dispuesto la clausura de esta vía en 25 de agosto, por no haberse apersonado el Presidente del Sindicato de Trufibuses 1-16 (fs. 9). Asimismo, acudió a la Dirección Departamental del Trabajo, a la que se citó al personero de la aludida entidad, quien no se hizo presente, pese a las dos citaciones realizadas (fs. 10 a 12).