SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1186/2000 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1186/2000 - R

Fecha: 18-Dic-2000

con bienes propios del sentenciado

Que el Juez recurrido al haber señalado día y hora de remate sobre el bien inmueble del recurrente y de sus hijos, para conseguir el resarcimiento del daño civil y las costas del proceso, ha cometido un acto ilegal y ha atentado contra su derecho propietario, puesto que  como fiador de la libertad provisional no le corresponde en ningún momento hacerse cargo de las cargas económicas emergentes de un delito que no ha cometido y por el cual no ha sido condenado, correspondiendo, en todo caso, que los mismos sean cubiertos con bienes propios del sentenciado como señala expresamente el art. 1 concordante con el art. 6, ambos de la Ley N°1602.