SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1186/2000 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1186/2000 - R

Fecha: 18-Dic-2000

puesto que el afianzado estuvo presente en todos los actos del proceso

Que la obligación que emana de la fianza real fue cumplida correctamente por el recurrente, puesto que el afianzado estuvo presente en todos los actos del proceso, habiendo concluido su responsabilidad de garantizar la presencia del acusado, al contar éste con sentencia condenatoria ejecutoriada a cuya ejecución se ha sometido, correspondiendo por consiguiente el levantamiento del gravamen sobre el inmueble de su propiedad, conforme establece el art. 249-3) de la Ley N° 1970.