Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1186/2000 - R
Fecha: 18-Dic-2000
solicite la suspensión del indicado remate
4.- Que el Juez recurrido, en ejecución de la anterior sentencia, dispuso el remate del inmueble en cuestión, dando lugar a que el recurrente solicite la suspensión del indicado remate en razón a que sus hijos heredaron parte del inmueble dado en fianza, petitorio rechazado por el Juez recurrido mediante Auto de 12 de abril de 1999, el cual fue confirmado en apelación por Auto de 30 de agosto de 2000 (20-22).
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- PROCEDENTE
- el recurrente Julián Heredia Vargas y su fallecida esposa María Francisca Guardia Claros, ofrecieron como fianza
- 16 de abril de 1997
- solicite la suspensión del indicado remate
- puesto que el afianzado estuvo presente en todos los actos del proceso
- con bienes propios del sentenciado
- POR TANTO: