SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1186/2000 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1186/2000 - R

Fecha: 18-Dic-2000

PROCEDENTE

Concluida la audiencia, el Tribunal de Amparo dictó la resolución de fs. 31 vta. a 32, que declara PROCEDENTE el Amparo Constitucional con el fundamento de que el art. 1º, concordante con el 6º , ambos de la Ley Nº 1602 señalan que la responsabilidad por el daño civil y  las costas emergentes de la comisión de un delito se hará efectiva únicamente con el patrimonio del responsable y que el inmueble entregado en garantía ya no corresponde en su totalidad al recurrente, sino que se produjo transmisión hereditaria en favor de sus hijos, por el fallecimiento de su esposa Francisca Guardia de Heredia, causahabientes que no han intervenido en el otorgamiento de la fianza por lo que no pueden ser constreñidos al pago con el bien de su propiedad.