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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1193/00-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1193/00-R

    Fecha: 18-Dic-2000

    POR TANTO

    POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato del art. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 93 de la Ley N° 1836  APRUEBA la Resolución de fs. 54 a 57, pronunciada en 21 de noviembre de 2000 por el Juez Octavo  de Partido en lo Penal de La Paz.

    • Partes:
    • VISTOS:
    • CONSIDERANDO:
    • improcedente
    • “con las actuaciones realizadas en las diligencias de Policía Judicial, entre las que se encuentra la negativa de declinatoria de jurisdicción por la autoridad fiscal, no se ha producido persecución ni procesamiento indebido de la recurrente, en todo caso, si los extremos de la denuncia que motiva el proceso investigativo son falsos, la recurrente tiene abierta la vía para ejercer la acción legal que corresponda”.
    • POR TANTO

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