SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1201/2000 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1201/2000 - R

Fecha: 19-Dic-2000

debiendo  poner  al detenido a disposición del Juez en el plazo de 24 horas

Que el art. 226 de la Ley Nº 1970  faculta a la Fiscalía a  ordenar la aprehensión del imputado en los supuestos ahí citados, debiendo  poner  al detenido a disposición del Juez en el plazo de 24 horas;  el art. 227 de dicha Ley autoriza a la policía a aprehender a una persona en los casos estrictamente allí señalados, con la obligación de comunicar dicha detención y poner a disposición de la Fiscalía  al detenido en un plazo máximo de ocho horas.