Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1221/2000-R
Fecha: 21-Dic-2000
3.
3. La Resolución que sale a fs. 77 y 78, dictada el 27 de noviembre, declara procedente el Recurso, con el fundamento de que la inscripción que ha practicado el Juez recurrido “sobre el inmueble detallado, del Auto de Declaratoria de Herederos de los hijos de Vitaliano Guzmán y esposa, el 3 de agosto de 2000, es ilegal e indebida, así como nula de pleno derecho porque dicho inmueble ya no pertenece a los finados desde hace más de 45 años antes, habiendo recaído en patrimonio ajeno” (sic).