Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1238/00-R
Fecha: 21-Dic-2000
1.
1. En la audiencia efectuada el 20 de noviembre de 2000, según consta en el acta de fs. 212-214, al abogado de los recurrentes reitera los términos de la demanda, agregando que los miembros de la minoría no concurrieron a cumplir con sus funciones asignadas, infiriéndose de ello el abandono de ellas por lo que la Directiva declaró vacantes sus carteras. Señalan que han sido notas de denuncias las que respaldan la ilegal Resolución de 25 de octubre, sin que haya un proceso informativo, infringiendo el art. 7- c) y d) de la Constitución Política del Estado.