Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1238/00-R
Fecha: 21-Dic-2000
vulnera el principio del debido proceso
Que el Recurso de Amparo previsto por el art. 19 de la Constitución Política del Estado tiene la finalidad de resguardar los derechos fundamentales de la persona ante actos ilegales u omisiones indebidas que restrinjan o supriman, o amenacen restringir o suprimir tales derechos, situación que se ha dado en el presente caso, puesto que la Resolución antes citada, de 20 de octubre de 2000, vulnera el principio del debido proceso consagrado por el art. 16-IV de la Constitución Política del Estado.