Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1238/00-R
Fecha: 21-Dic-2000
POR TANTO
POR TANTO: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª) de la Constitución Política del Estado y 102 de la Ley N° 1836, REVOCA el fallo dictado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito de La Paz, cursante a fs. 215 y declara PROCEDENTE el Recurso interpuesto, y sin efecto la Resolución que determina la intervención de la “FEDEXCHACO” de La Paz, debiendo la Corte de Amparo aplicar el art. 102.II de la Ley No. 1836.