SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 138/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 138/00-R

Fecha: 18-Feb-2000

6.

6.  De lo expuesto se evidencia que existen actos ilegales que restringen y suprimen los derechos del recurrente a la defensa y a un proceso legal consagrados en el art. 16-II y IV de la Constitución Política del Estado; no existiendo otro medio o recurso legal para la protección inmediata de sus derechos. Por lo que el Tribunal de Amparo, al declarar Procedente el Recurso, ha aplicado correctamente los arts. 19 de la Constitución Política del Estado y 94 de la Ley N° 1836.