Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 396/2000-R
Fecha: 25-Abr-2000
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que en el caso de autos se efectuó una ocupación arbitraria por órdenes de la Alcaldía Municipal de Colcapirhua en los terrenos de propiedad de la recurrente, con la construcción de una cancha deportiva sin haberse emitido previamente una Ordenanza Municipal de expropiación, sin haberse cumplido con los artículos 1, 22 y 27 de la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública de 30 de diciembre de 1884, siendo estos actos ilegales que restringen y suprimen el derecho propietario protegido por la Constitución Política del Estado, vulnerándose el Art. 22-II de la Constitución, 108 del Código Civil y las disposiciones de la citada Ley de 30 de diciembre de 1884.