Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 310/2000-R
Fecha: 06-Abr-2000
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que, el Tribunal del Recurso de Amparo Constitucional, Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, al declarar IMPROCEDENTE el recurso, no ha efectuado una cabal evaluación de los hechos ni ha aplicado correctamente los arts. 19 de la Constitución Política del Estado y 94 de la Ley 1836.