En su demanda de 28 de febrero de 2000 (fojas 3), la recurrente manifiesta que en las esquinas formadas por las calles Batting y Av. Cívica, sector Este de la localidad de Caranavi, se encuentra un inmueble de su propiedad, y contiguo al mismo exis
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En su demanda de 28 de febrero de 2000 (fojas 3), la recurrente manifiesta que en las esquinas formadas por las calles Batting y Av. Cívica, sector Este de la localidad de Caranavi, se encuentra un inmueble de su propiedad, y contiguo al mismo exis

Fecha: 04-May-2000

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1.    En su demanda de 28 de febrero de 2000 (fojas 3),  la recurrente  manifiesta que en las esquinas formadas por las calles Batting y Av. Cívica, sector Este de la localidad de Caranavi, se encuentra un inmueble de su propiedad, y contiguo al mismo existe un terreno excedente  que de acuerdo a la Ordenanza Municipal No. 38/97  de 15 de octubre de 1997 fue declarado área de equipamiento, pero la Alcaldía sin respetar sus propias normas ”posiblemente ha adjudicado a terceros” que han comenzado a ejecutar trabajos para construir edificaciones que le impedirán el acceso directo a su inmueble, aspecto que representó ante la Alcaldía mediante notas que no fueron respondidas; asevera que por lo expuesto, se está conculcando los arts. 7 incisos g), h) e i) de la Constitución Política del Estado y 112 y 127 del Código Civil,   por lo cual interpone Amparo Constitucional solicitando se señale audiencia al efecto.

1)  Que el Concejo Municipal de Caranavi dictó la Ordenanza Municipal No. 38/97 de 15 de octubre de 1997, mediante la cual se reserva como área de equipamiento la determinada por el Departamento Técnico, comprendida entre la calle Batallón II de Ingeniería, esquina de la calle Zacarías Tancara y Avenida Cívica, en la que se encuentra el terreno contiguo al inmueble de la recurrente.