Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
En su demanda de 28 de febrero de 2000 (fojas 3), la recurrente manifiesta que en las esquinas formadas por las calles Batting y Av. Cívica, sector Este de la localidad de Caranavi, se encuentra un inmueble de su propiedad, y contiguo al mismo exis
Fecha: 04-May-2000
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que en el caso de autos, la recurrente pretende se disponga la paralización de trabajos que terceras personas están realizando en un inmueble contiguo a su propiedad, basándose en el supuesto hecho -no demostrado con prueba alguna en el Recurso- de que la Alcaldía de Caranavi habría adjudicado a favor de dichas personas el inmueble.