Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Que, la Declaración Constitucional Nº 001/2000 emitida por el Tribunal Constitucional en fecha 10 de enero de 2000, dejó establecido que la posesión de los Concejales elegidos en la pasada elección municipal, se efectuaría por esa sola vez conforme a
Fecha: 03-May-2000
3.
3. Que, el abogado de la parte recurrida no refutó ninguno de los argumentos expuestos en la demanda, ratificados y ampliados en la audiencia del Recurso; y más bien confirmó que los recurridos sí fueron posesionados antes del 6 de febrero de 2000, al decir que el recurrente no fue elegido como vicepresidente porque ni el recurrente cumplió con la obligación de jurar en la fecha indicada para poder coadyuvar en la directiva, infiriéndose de ello que los extremos manifestados y afirmados por el recurrente son ciertos.