SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 451/2000 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 451/2000 - R

Fecha: 09-May-2000

4.

4.   Que, al no existir denuncias concretas en contra de los detenidos y al no estar incluidos dentro del mandamiento de apremio, la detención de los recurrentes contraviene los arts. 6-II, 9-I y 11 de la Constitución Política del Estado; es más, la detención por más de 48 horas sin haber sido puestos a disposición de Juez competente infringe lo dispuesto por el art. 2 de la Ley Nº 1685.