Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 530/2000-R
Fecha: 30-May-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No. 1836, REVOCA la Resolución No. 210/2000 de fojas 83 y 84, pronunciada el 28 de abril de 2000 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, y declara PROCEDENTE el Amparo Constitucional interpuesto por Ricardo Pol Achá en representación de Daysi Estela Blajos Mendoza y se dispone la restitución inmediata de los tratamientos médicos de hemodiálisis y otros que requiera la salud de la paciente.