SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 554/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 554/2000-R

Fecha: 05-Jun-2000

Fragmento 5

4.- Que el recurso de Amparo Constitucional, previsto por el art.19 de la Constitución Política del Estado, ha sido instituido para la protección inmediata de los derechos fundamentales de las personas, cuando éstos sean restringidos, suprimidos o amenazados, extremos que se han dado en el caso que se revisa, en relación a los incs. a), h), i) del art.7º de la Constitución Política del Estado; habiendo en consecuencia el Tribunal de Amparo  compulsado correctamente los hechos al declarar procedente el Recurso, cual emerge de la Sentencia  cursante a fs.111 a 112 de obrados.