SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 593/2000 - R
Fecha: 19-Jun-2000
1.
1. En su demanda de 18 de mayo del año en curso ( fs. 1-4), la recurrente asevera que dentro del proceso penal seguido contra Ramiro Laca Huanca y otros por la presunta comisión del delito de robo agravado y tentativa de asesinato, la Jueza de Instrucción de Arani dispuso su procesamiento y detención preventiva en la Cárcel de San Sebastián, en mérito a la ampliación del Auto Inicial de la Instrucción en contra suya por complicidad en los delitos indicados, sin que exista prueba alguna sino a simple solicitud de parte, por ser madre de dos de los imputados y esposa de otro. Sostiene que el proceso tiene varias irregularidades al haberse llevado sin intervención de promotor fiscal, el mismo que no fue designado; que se le ha negado la libertad provisional que solicitó, sin considerar el art. 196-4) del Código de Procedimiento Penal, quedando recluida en la Penitenciaría de Cochabamba, impidiéndole asumir su defensa en forma amplia considerando la distancia que existe con el Juzgado de Arani. Por tales motivos, interpone Recurso de Hábeas Corpus, pidiendo se lo declare procedente, se disponga su inmediata libertad así como la revocatoria del Auto de ampliación de la Instrucción de 30 de marzo de 2000 y la cancelación de las medidas cautelares como la anotación preventiva de su línea telefónica.
1) Que dentro del proceso penal que se sigue de oficio contra Ramiro Laca Huanca y otros en el Juzgado de Instrucción de Arani, por la presunta comisión de los delitos de robo agravado y tentativa de asesinato, la titular de ese Despacho Judicial por Auto de 30 de marzo (fs. 134), amplió el Auto Inicial de la Instrucción contra Valentina Sosa Mamani por los mismos delitos en grado de complicidad, disponiendo se libre mandamiento de aprehensión en su contra, ejecutándose el mismo en 24 de abril (diligencia de fs. 144 vta.)