SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 622/2000-R
Fecha: 28-Jun-2000
1.
1. En su demanda de 3 de mayo de 2000 (fojas 24 a 26), el recurrente aduce que desde hace más de 10 años que se conformó el Sindicato Agrario "25 de Diciembre", al haberse asentado y comenzado a trabajar en las tierras ubicadas en el cantón Portachuelo, provincia Sara del Departamento de Santa Cruz, habiendo solicitado la dotación de las mismas en 1989 y obtenido sentencia favorable en el trámite, con lo que estimaron que había concluido el proceso; pero que después de varios años se sorprendieron al enterarse que dicho trámite quedó archivado, por lo que iniciaron una demanda de saneamiento simple el 17 de noviembre de 1997, contando con resolución determinativa de área de saneamiento de 23 de abril de 1998 e instructoria de 23 de abril de 1999 (sic). Alega que el Sindicato al que representa ha sido víctima de despojos, avasallamientos, robo de productos agrícolas, decomiso de sus herramientas, que les quemaron sus viviendas y que les incautaron sus tierras solamente por ser contiguas a la propiedad "Campo Grande" de Isaac Chavarría Diez de Medina, que fue acusado de narcotráfico, sin ellos conocerlo siquiera. Indican que la propiedad del indicado Chavarría fue entregada en custodia a Sergio Chávez Chajtur, quien "seguramente para contar con la protección del ejército" entregó la propiedad de los recurrentes a las Fuerzas Armadas”, por lo que interpone recurso de Amparo Constitucional por los actos ilegales cometidos al incautar sus tierras y arrebatarles sus herramientas de trabajo, pidiendo sea declarado procedente y se disponga la devolución de las mismas, más el pago de daños y perjuicios.
1. En su demanda de 3 de mayo de 2000 (fojas 24 a 26), el recurrente aduce que desde hace más de 10 años que se conformó el Sindicato Agrario "25 de Diciembre", al haberse asentado y comenzado a trabajar en las tierras ubicadas en el cantón Portachuelo, provincia Sara del Departamento de Santa Cruz, habiendo solicitado la dotación de las mismas en 1989 y obtenido sentencia favorable en el trámite, con lo que estimaron que había concluido el proceso; pero que después de varios años se sorprendieron al enterarse que dicho trámite quedó archivado, por lo que iniciaron una demanda de saneamiento simple el 17 de noviembre de 1997, contando con resolución determinativa de área de saneamiento de 23 de abril de 1998 e instructoria de 23 de abril de 1999 (sic). Alega que el Sindicato al que representa ha sido víctima de despojos, avasallamientos, robo de productos agrícolas, decomiso de sus herramientas, que les quemaron sus viviendas y que les incautaron sus tierras solamente por ser contiguas a la propiedad "Campo Grande" de Isaac Chavarría Diez de Medina, que fue acusado de narcotráfico, sin ellos conocerlo siquiera. Indican que la propiedad del indicado Chavarría fue entregada en custodia a Sergio Chávez Chajtur, quien "seguramente para contar con la protección del ejército" entregó la propiedad de los recurrentes a las Fuerzas Armadas”, por lo que interpone recurso de Amparo Constitucional por los actos ilegales cometidos al incautar sus tierras y arrebatarles sus herramientas de trabajo, pidiendo sea declarado procedente y se disponga la devolución de las mismas, más el pago de daños y perjuicios.