Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 669/2000-R
Fecha: 07-Jul-2000
al haber desaparecido la imputación efectuada contra ella por no haber participado en la comisión de delitos sancionados por la Ley No. 1008, también desaparece la causa de incautación del inmueble,
Que la incautación del inmueble anotado obedeció a que Alberta Tordoya Encinas habitaba el mismo en calidad de inquilina; en consecuencia, al haber desaparecido la imputación efectuada contra ella por no haber participado en la comisión de delitos sancionados por la Ley No. 1008, también desaparece la causa de incautación del inmueble, tal como lo declaró el Auto de 17 de diciembre de 1998, confirmado por Auto de Vista de 5 de marzo de 1999, plenamente ejecutoriado al presente. Es ese mérito, corresponde la devolución del inmueble incautado a su legítima propietaria.