SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 670/2000-R
Fecha: 07-Jul-2000
1.
1. En su demanda de 6 de junio de 2000 (fs. 5 y 6), la recurrente expresa que juntamente con sus dos hijos menores de edad ha sido demandada por Majorie María Eugenia Aguila de Jaldín y otros por la división de la herencia que dejara al fallecer su esposo Ángel Aguila Terrazas, proceso que se tramita ante el Juzgado Segundo de Partido en lo Civil, cuyo titular ordenó mediante Auto de 10 de abril del año en curso, se congelen los alquileres que recibe de los bienes que forman parte de la referida masa hereditaria, medida que la perjudica enormemente dada su condición de minusválida y casi analfabeta, aspectos que le impiden encontrar una fuente de trabajo, en consecuencia cuenta únicamente con el ingreso que percibe por esos alquileres para mantener a su familia, cuya supresión atenta contra su derecho a la vida y la de sus hijos, además de violar el derecho a la salud y educación de estos últimos, vulnerando los arts. 1238, 1241 del Código Civil, 173 del Código de Procedimiento Civil, 10 del Código del Menor y 6 de la Ley del Discapacitado, que fueron invocados en el proceso. En mérito a lo expuesto y por la urgencia de lograr una inmediata protección, interpone Recurso de Amparo Constitucional, pidiendo sea declarado procedente y se deje sin valor legal la orden de 10 de abril de 2000, con costas y demás condenaciones de Ley.