Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 670/2000-R
Fecha: 07-Jul-2000
3.
3. A fojas 11 y 12 cursa la Resolución de 8 de junio de 2000 que declara procedente en parte el Recurso, “por sentido de humanidad y justicia, tomando en cuenta la condición de minusválida de la recurrente”, modificando el Auto de 17 de abril dictado por el Juez recurrido con relación a que los inquilinos ocupantes del inmueble ubicado en calle Falsuri de Cochabamba sigan pagando los alquileres a la recurrente Avelina Solíz Vda. de Aguila, “hasta tanto se defina la causa ordinaria mediante sentencia ejecutoriada”.