Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 707/2000-R
Fecha: 21-Jul-2000
3.
3. De fs.55 a 58 corre la Resolución de 6 de junio de 2000, que declara procedente el Recurso, sin fundamentar tal decisión, “reconociendo el derecho propietario de Cecilia Rojas Vargas y sus tres hijas menores” y disponiendo la devolución del dinero obtenido con la venta de los productos cosechados en la propiedad de las herederas y la “no injerencia del recurrido y de la Central Campesina en problemas familiares.”