Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 719/00-R
Fecha: 24-Jul-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Sentencia venida en revisión corriente de fs. 48 a 49 de obrados, pronunciada por el Juez Tercero de Partido en lo Penal de La Paz el 27 de junio de 2000.