SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 749/00 - R
Fecha: 04-Ago-2000
1.
1. Efectuada la audiencia en 24 de junio de 2000 la parte recurrente ratificando in extenso la demanda del Recurso pidió su procedencia, por haberse evidenciado los actos ilícitos, ilegales, la supresión de las derechos constitucionales por parte de la Alcaldía Municipal de Oruro y de la recurrida. Que en el presente caso no sólo se han violado los principios constitucionales sino los principios de Derecho Administrativo vigentes, como el principio de la supremacía constitucional, asimismo el principio de la revisión judicial, el principio de legalidad del debido proceso administrativo y el principio de la publicidad que señala el art.116 de la Constitución Política del Estado, reiterando se declare procedente el Recurso de Amparo, porque no existe otro medio inmediato para hacer valer sus derechos y en estricta justicia se deje en suspenso cualquier medida de demolición del inmueble de propiedad del recurrente.