Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 755/00-R
Fecha: 04-Ago-2000
1.
1. Que, el fundamento del Recurso radica en que el recurrente considera estar ilegalmente detenido, porque el Juez recurrido revocó la cesación de detención preventiva amparándose en el art. 247-1) y 2) de la Ley Nº 1970 que era inaplicable al caso, por cuanto al no haber sido puesto nunca en libertad por imposibilidad de cumplir las condiciones, no podía haber cometido actos de fuga ni actitudes negativas.