Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 764/00 - R
Fecha: 10-Ago-2000
al resolver el presente Recurso, ya ingresaron en vigencia anticipada las normas del nuevo Código de Procedimiento Penal
Sin embargo, y dado que al resolver el presente Recurso, ya ingresaron en vigencia anticipada las normas del nuevo Código de Procedimiento Penal en cuanto a las medidas cautelares; corresponde, aplicar dichas disposiciones, por cuanto la recurrente tiene cumplidos los plazos y condiciones previstos en el art. 239-3) del citado Código.