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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 781/2000-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 781/2000-R

    Fecha: 22-Ago-2000

    ordena

    2.  Que en ejecución de sentencia, el Juez recurrido ordena mediante Auto de 9 de junio de 1999, que los demandados paguen a tercero día las sumas contenidas en las liquidaciones aprobadas, bajo conminatoria, Auto que en apelación es confirmado en su totalidad a través del Auto de Vista de 16 de febrero de 2000.

    • CONSIDERANDO:
    • improcedente
    • ordena
    • Auto de 10 de marzo de 2000,
    • la retención de fondos de sus cuentas bancarias hasta el monto adeudado

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