SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 783/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 783/2000-R

Fecha: 23-Ago-2000

3)

3)  Que pese a  haber autorizado la reincorporación no se le permitió trabajar, exigiendo la suscripción del compromiso de pago de fs. 7 el 6 de junio de 2000, por aportes sindicales por los meses no trabajados, acreditando la nota de 12 de julio la solicitud de  “reincorporación de línea” que no mereció respuesta alguna por parte del Sindicato, pese al anuncio de la interposición del Recurso de Amparo Constitucional en caso de no ser atendido.