Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 783/2000-R
Fecha: 23-Ago-2000
POR TANTO
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No. 1836, con los argumentos precedentes, APRUEBA la Resolución de fs. 25 a 26 pronunciada el 15 de julio del año en curso por el Juez de Partido en lo Civil de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba.