SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 814/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 814/00-R

Fecha: 31-Ago-2000

4.

4.  A la conclusión de la audiencia el Tribunal de Hábeas Corpus, en virtud de los antecedentes expuestos, dicta Sentencia a fs. 12 declarando improcedente el Recurso interpuesto a fs. 4-5,  con el fundamento de que el Juez recurrido, al dictar Auto ampliatorio contra la recurrente por asociación delictuosa y estafa y disponer su detención, ha procedido dentro del marco establecido por el art. 233 del nuevo Código de Procedimiento Penal y que al haber  la recurrente propuesto cuestiones prejudiciales, solicitando revocatoria del Auto Inicial de la Instrucción se halla sometida a la jurisdicción del Juez.