SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 815/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 815/00-R

Fecha: 31-Ago-2000

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA  la Sentencia de fs. 217-220 de  20 de julio de 2000, con la modificación de que el Concejal Cosme Kalla Chura siga en el desempeño de sus funciones hasta que se conozca la resolución de la Corte Electoral sobre la credencial que se le otorgó con nombre equivocado.

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y  94 y 102-V de la Ley Nº 1836, REVOCA la Resolución revisada y declara la nulidad de obrados hasta la citación con la demanda a los recurridos, debiendo el Juez del Recurso proseguir con el trámite de rigor, dictando luego la correspondiente Resolución, en una de las dos formas establecidas en la Ley: procedente o improcedente; hecho lo cual, deberá remitirse el expediente en revisión, a objeto de que este Tribunal se pronuncie sobre el fondo.