Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 818/00 - R
Fecha: 31-Ago-2000
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que la detención del recurrente se realizó sobre la base de una orden de aprehensión de 1996 emitida por un Fiscal, cuando ya existía proceso penal en el que debieron ser los Jueces que están en conocimiento del caso quienes dispongan la misma, por ser las autoridades competentes al efecto.